La medida aplica para todos los poblanos sin registro.
Los Ayuntamientos brindarán de manera temporal y transitoria el
servicio.
El gobernador del
Estado, Rafael Moreno Valle, anunció que en Puebla todos los trámites para
obtener el Acta de Nacimiento son gratuitos, incluyendo a quienes tienen más de
18 años de edad y no cuenten con este documento.
Al respecto, la Secretaría
General de Gobierno (SGG) informa a los ciudadanos que el Acta de
Nacimiento es el documento que resulta del Registro de Nacimiento y que le da
identidad a la persona, por lo que constituye un derecho intransferible,
reconocido por el Estado mediante un documento que se emite en una sola
ocasión, y del que posteriormente se pueden solicitar Copias Certificadas o
formas valoradas, que no son susceptibles de esta gratuidad.
De esta manera, el beneficio que el gobernador estableció se
extiende también a personas mayores de 18 años con un día. Las familias con
integrantes en esta situación podrían tener un ahorro de hasta 465.00 pesos,
por persona.
Lo anterior, en virtud de que el trámite extemporal tiene al menos
cuatro procedimientos: la búsqueda de Registro de Nacimiento en el Archivo
Estatal del Registro del Estado Civil de las Personas, la expedición de
Constancia de Inexistencia de Registro, la autorización de Registro
Extemporáneo de Nacimiento y, finalmente, el Acta correspondiente. Cada uno de
estos pasos tiene un costo que en este momento, y hasta el 31 de diciembre,
serán gratuitos.
Programa de Operación con Ayuntamientos
Asimismo y en correspondencia a las funciones de la SGG, que
define las políticas que habrán de operar para el Registro del Estado Civil de
las Personas, bajo criterios de eficiencia, calidad y transparencia, se publicó
el Acuerdo por el que se Emiten los Lineamientos Generales para la
Entrega-Recepción del Registro Civil de las Juntas Auxiliares a los municipios
que correspondan.
En dicho Acuerdo se establece que el Ayuntamiento de que se trate
desarrollará, de manera temporal y transitoria, el servicio del Registro del
Estado Civil de las Personas de las Juntas Auxiliares que le correspondan, a
través de un funcionario del municipio, autorizado y registrado por la Coordinación
General del Registro del Estado Civil.
La prestación del servicio por parte del Ayuntamiento y el
resguardo de los libros y archivos, señala, podrán realizarse en la cabecera
municipal o en el territorio de sus Juntas Auxiliares, conservando la prestación
en los lugares en que tradicionalmente se venía haciendo y respetando los usos
y costumbres de los pueblos, pero bajo la responsabilidad directa del
Ayuntamiento.
El Acuerdo recalca que en el caso de las comunidades indígenas, el
funcionario propuesto por el Ayuntamiento y autorizado por la Coordinación
General del Registro del Estado Civil, deberá dominar la lengua
originaria de la comunidad.
De esta manera, el Gobierno del Estado de Puebla, a través de la
SGG trabaja en favor de todos los poblanos.

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