Rafael Moreno Valle condona todos los trámites para la primer acta de nacimiento

jueves, 12 de junio de 2014




La medida aplica para todos los poblanos sin registro.
Los Ayuntamientos brindarán de manera temporal y transitoria el servicio.

El gobernador del Estado, Rafael Moreno Valle, anunció que en Puebla todos los trámites para obtener el Acta de Nacimiento son gratuitos, incluyendo a quienes tienen más de 18 años de edad y no cuenten con este documento.

Al respecto, la Secretaría General de Gobierno (SGG) informa a los ciudadanos que el Acta de Nacimiento es el documento que resulta del Registro de Nacimiento y que le da identidad a la persona, por lo que constituye un derecho intransferible, reconocido por el Estado mediante un documento que se emite en una sola ocasión, y del que posteriormente se pueden solicitar Copias Certificadas o formas valoradas, que no son susceptibles de esta gratuidad.

De esta manera, el beneficio que el gobernador estableció se extiende también a personas mayores de 18 años con un día. Las familias con integrantes en esta situación podrían tener un ahorro de hasta 465.00 pesos, por persona.

Lo anterior, en virtud de que el trámite extemporal tiene al menos cuatro procedimientos: la búsqueda de Registro de Nacimiento en el Archivo Estatal del Registro del Estado Civil de las Personas, la expedición de Constancia de Inexistencia de Registro, la autorización de Registro Extemporáneo de Nacimiento y, finalmente, el Acta correspondiente. Cada uno de estos pasos tiene un costo que en este momento, y hasta el 31 de diciembre, serán gratuitos.

Programa de Operación con Ayuntamientos

Asimismo y en correspondencia a las funciones de la SGG, que define las políticas que habrán de operar para el Registro del Estado Civil de las Personas, bajo criterios de eficiencia, calidad y transparencia, se publicó el Acuerdo por el que se Emiten los Lineamientos Generales para la Entrega-Recepción del Registro Civil de las Juntas Auxiliares a los municipios que correspondan.

En dicho Acuerdo se establece que el Ayuntamiento de que se trate desarrollará, de manera temporal y transitoria, el servicio del Registro del Estado Civil de las Personas de las Juntas Auxiliares que le correspondan, a través de un funcionario del municipio, autorizado y registrado por la Coordinación General del Registro del Estado Civil.

La prestación del servicio por parte del Ayuntamiento y el resguardo de los libros y archivos, señala, podrán realizarse en la cabecera municipal o en el territorio de sus Juntas Auxiliares, conservando la prestación en los lugares en que tradicionalmente se venía haciendo y respetando los usos y costumbres de los pueblos, pero bajo la responsabilidad directa del Ayuntamiento.

El Acuerdo recalca que en el caso de las comunidades indígenas, el funcionario propuesto por el Ayuntamiento y autorizado por la Coordinación General del Registro del Estado Civil,  deberá dominar la lengua originaria de la comunidad.


De esta manera, el Gobierno del Estado de Puebla, a través de la SGG trabaja en favor de todos los poblanos.

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