El Vocero
del Gobierno de la República, Eduardo Sánchez Hernández, y el Consejero Jurídico del Ejecutivo
Federal, Humberto Castillejos Cervantes anunciaron en
conferencia de prensa que el Presidente
Enrique Peña Nieto determinó promover una controversia constitucional,
solicitada por el Instituto
Federal de Telecomunicaciones, en contra de actos del Juez 32º
de lo Civil del Distrito Federal.
A continuación, el texto íntegro del mensaje ofrecido a
los medios de comunicación:
El Instituto Federal de Telecomunicaciones solicitó el
día de ayer al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Licenciado Enrique
Peña Nieto, que presente ante la Suprema
Corte de Justicia de la Nación una controversia constitucional
en contra de actos del juez trigésimo segundo de lo civil del Distrito Federal,
José Guadalupe Mejía
Galán, en virtud de que este juez ha invadido las facultades
constitucionales de dicho Instituto para resolver sobre la retransmisión gratuita en la
televisión de paga, de los contenidos de la televisión abierta,
conocido esto también, como Must
Carry y Must
offer.
Una vez que se valoró el caso, el Presidente de la
República determinó promover la controversia constitucional solicitada en
virtud de lo siguiente:
El llamado Must Carry y Must Offer gratuito es un
elemento esencial de la reciente
reforma constitucional en materia de telecomunicaciones
recientemente aprobada, y esto es porque genera competencia en el sector de la
televisión de paga, pero más aún para salvaguardar el derecho de toda persona a
recibir las señales de televisión abierta por medio de la televisión de paga
sin costo adicional. Es también una forma de proteger el derecho a la información plural y
oportuna.
La Constitución señala que el Instituto Federal de
Telecomunicaciones es quien debe resolver sobre la retransmisión de contenidos,
es decir, sobre el Must Carry y Must Offer gratuito y no un juez local, en este
caso, del Distrito Federal. Por tanto, el hecho de que el juez local notifique
que carece de competencia el Instituto Federal de Telecomunicaciones en dicha
materia argumentando la posible violación de derechos de autor, invade a todas luces
las facultades que a la Federación le otorga la Constitución.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido
en varios precedentes, que el Presidente de la República puede promover
controversia constitucional para proteger las facultades de la Federación aún y
cuando éstas estén conferidas a otro Poder Federal. Los casos se han referido a
controversias del Presidente de la República en defensa de las facultades del Poder Legislativo.
Bajo esta premisa es que con el mismo argumento puede el Presidente de la
República promover controversia para defender el respeto a las facultades del Instituto Federal de
Telecomunicaciones.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación también ha
señalado que en casos excepcionales, como éste, procede la controversia
constitucional en contra de actos judiciales, si es el caso de que se invadan competencias que
corresponden a la Federación.
El Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal promoverá hoy
mismo dicha controversia constitucional y se le ha instruido para que señale
como tercero interesado, al Instituto Federal de Telecomunicaciones, y que se
mantenga una estrecha coordinación con ese órgano para la defensa de sus
facultades establecidas en la reforma
constitucional de Telecomunicaciones, que recientemente fue aprobada.

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