Patricia
Leal, explicó los alcances de la Ley, que coordinará esfuerzos contra hechos de
corrupción y control de recursos públicos
Con la suma de 24 Estados de la República, incluida la entidad poblana, el Senado de
la República declaró constitucional la Ley del Sistema Nacional Anticorrupción,
que fue aprobada por la LIX Legislatura durante una Sesión Extraordinaria
el 12 de mayo.
En este sentido, la Presidenta de
la Mesa Directiva Patricia Leal Islas, explicó ante legisladores poblanos, los
alcances y detalles de la Ley, cuyos objetivos, entre otros, son crear una
instancia de coordinación con todos los órdenes de gobierno en materia de
responsabilidades, hechos de corrupción y control de recursos públicos.
El Sistema Nacional
Anticorrupción (SNA) estará integrado por un Comité Coordinador que aglutina a
la Auditoría Superior de la Federación, al Tribunal Federal de Justicia
Administrativa, al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información
y Protección de Datos Personales, al Consejo de la Judicatura de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, a la Fiscalía Especializada en Delitos
Relacionados con la Corrupción y a la Secretaría del gobierno federal,
encargada del control interno (Secretaría de la Función Pública ) agregó la
legisladora durante aquella sesión.
Se formará a nivel nacional, un Comité
de Participación que estará integrado por 5 ciudadanos destacados por sus
aportaciones en la transparencia, que se coordinará con los Sistemas Locales de
nueva creación, para determinar el intercambio de información y emitir
recomendaciones no vinculantes a las autoridades.
Una vez que inicie operaciones,
el Sistema Nacional Anticorrupción, se encargará de coordinar la prevención,
detección y sanción de actos de corrupción, mientras que la Cámara de
Diputados nombrará a los titulares de los órganos internos de
control y el Senado ratificará al titular de la Secretaría de la Función
Pública, quienes tendrán más facultades de revisión.
La ley establece que los actos de
corrupción de servidores públicos y particulares serán sancionados por el
Tribunal Federal de Justicia Administrativa, mientras que la Auditoría Superior
de la Federación con más facultades, podrá revisar el ejercicio fiscal en curso
y los anteriores, así como fiscalizar participaciones destinadas a los
estados y municipios.
Se eleva a rango constitucional
la obligación de los servidores públicos, de presentar su declaración de
intereses y patrimonial, aunque hacerlas públicas seguirá siendo opcional.
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